Cambio Franco yibutiano a Colón costarricense (DJF a CRC)

Tipos de cambio interbancarios en tiempo real, tendencias y cotizaciones en Costa Rica.

🇩🇯 DJF
⇄
🇨🇷 CRC
1 DJF = 0.3886 CRC • 1 CRC = 2.5732 DJF

Tablas de conversión

Convertir DJF a CRC

DJFCRC
1,000 DJF388.62 CRC
2,000 DJF777.24 CRC
5,000 DJF1,943.09 CRC
10,000 DJF3,886.19 CRC
20,000 DJF7,772.37 CRC
50,000 DJF19,430.93 CRC
100,000 DJF38,861.87 CRC
250,000 DJF97,154.67 CRC
500,000 DJF194,309.34 CRC

Convertir CRC a DJF

CRCDJF
1,000 CRC2,573.22 DJF
2,000 CRC5,146.43 DJF
5,000 CRC12,866.08 DJF
10,000 CRC25,732.17 DJF
20,000 CRC51,464.33 DJF
50,000 CRC128,660.83 DJF
100,000 CRC257,321.66 DJF
250,000 CRC643,304.14 DJF
500,000 CRC1,286,608.28 DJF

Mercado cambiario y cotizaciones en Costa Rica

El colón costarricense (CRC, símbolo « ₡ », céntimos) es la moneda oficial de Costa Rica, emitida y regulada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR). El BCCR opera bajo un esquema de flotación administrada y publica diariamente los tipos de cambio de referencia de compra y venta.

Al cambiar dinero en San José, Alajuela o polos turísticos como Guanacaste, los bancos comerciales estatales (BNCR, BCR) e instituciones privadas (BAC Credomatic) ofrecen cambio seguro con diferenciales que oscilan usualmente entre el 1,5 % y el 3,0 % sobre la referencia oficial.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es el tipo de cambio oficial entre Franco yibutiano y Colón costarricense?

El tipo de cambio medio actual es de 1 DJF = 0.3886 CRC (1 CRC = 2.5732 DJF) al 6 de octubre de 2026.

¿Dónde puedo cambiar DJF en Costa Rica o en el extranjero?

Puede cambiar Franco yibutiano en bancos comerciales del Estado (Banco Nacional de Costa Rica, Banco de Costa Rica), banca privada (BAC Credomatic, Scotiabank), casas de cambio autorizadas en San José y en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (SJO).

¿Cuáles son los límites de declaración de dinero en Costa Rica?

Sí, al ingresar o salir de Costa Rica con dinero en efectivo o títulos valores por un monto igual o superior a 10.000 USD (o su equivalente en otras monedas) es obligatorio declararlo ante la Dirección General de Aduanas.